Nuevas noticias para tu página web sobre la privacidad de tus visitantes: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una decisión sobre el uso de las herramientas de seguimiento y las cookies (puedes leer la sentencia completa aquí: TJUE 29.07.2019 – C-40/17).

Según la legislación anterior, las cookies se activaban por defecto en la mayoría de las páginas web y los visitantes podían rechazar su uso si así lo deseaban. De acuerdo con el nuevo reglamento del TJUE, esta línea cambia, lo que significa que ciertas herramientas, programas de seguimiento y cookies solo pueden utilizarse si los visitantes lo aceptan expresamente (Obligación “Opt-in”).

El reglamento del TJUE en relación con “Planet49” se amplía mucho más y confirma por completo que cualquier persona que visite una página web debe aceptar activamente el uso de todas las cookies, a excepción de aquellas que son estrictamente necesarias.

En este artículo, te explicamos lo que supone esta nueva decisión del TJUE para ti y

algunos de los cambios que Jimdo va a realizar en torno a esta nueva regulación.

Las cookies son pequeños archivos que se almacenan en el navegador de un usuario de internet. Estas permiten a las páginas web o a los servidores reconocer al usuario, llevar a cabo un seguimiento de su comportamiento y crear estadísticas.

TJUE: los visitantes deben aceptar los diferentes tipos de cookies

La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se originó por una discusión sobre el botón “me gusta” de Facebook que los usuarios pueden incluir en sus páginas web. La cuestión, más concretamente, se refería a quién era responsable de la recopilación de datos de este botón: la persona a la que pertenece la página o Facebook.

La decisión dictamina que tanto Facebook como el dueño de la página son responsables. Muchos expertos legales coinciden en su opinión general sobre esta sentencia que se aplica a todas las cookies: los visitantes de las páginas web deben aceptar expresamente el uso de cookies, plug-ins, marketing online y herramientas de seguimiento. Para ello, los expertos han acuñado la expresión “obligación opt-in”.

Ten en cuenta que Jimdo no puede ofrecer ni ofrece asesoramiento legal. En caso de dudas, te recomendamos acudir a una persona experta en la materia.

¿Qué es la obligación “opt-in”?

Esta obligación “opt-in” significa que se debe preguntar a los visitantes si están de acuerdo sobre el uso de cookies. Esto le proporciona a los usuarios de internet mayor control sobre su privacidad cuando están online.

Seguramente hayas visto ya la opción “opt-in” en algunas páginas web. Normalmente, te aparece un mensaje o una ventana emergente con la opción de aceptar o rechazar el uso de las cookies.

Jimdo se encarga de actualizar el aviso de cookie en tu página web

El reglamento del TJUE afecta a todas las páginas web de los usuarios de la UE, independientemente de si presentan un botón de Facebook o no.

La mayor diferencia radica en el banner de la cookie es más personalizado:

  • Las preferencias de las cookies se configuran directamente en el banner
  • Los visitantes podrán seleccionar, aceptar o elegir las categorías de cookie (rendimiento, marketing, etc.) y también cookies individuales.
  • El banner de la cookie no desaparecerá, sino que se podrá ver hasta que el visitante acepte o rechace las cookies.
  • Las “cookies necesarias” son las únicas que quedarán seleccionadas en la configuración por defecto. Y el visitante aceptará o rechazará las demás cookies. 
  • La Política de cookies se transportará directamente al banner de la cookie, por lo que la subpágina de Política de cookies de tu sitio se eliminará eventualmente.
  • Si deseas personalizar la descripción general del aviso de cookies, dirígete a Páginas del sistema > Banner de cookie.
Cookie banner Jimdo

Si estás utilizando Jimdo Creator, recuerda que debes activar la opción “opt-in” para las cookies en tu página web para que se muestre el banner de cookie conforme al RGPD.Si deseas añadir cookies al aviso de cookies, dirígete a Configuración > Privacidad y Seguridad > Uso de cookies y Añadir cookie.

Tus estadísticas trabajan con cookies

Si en los próximos días notas algunas fluctuaciones en las estadísticas de tu página web, esto puede deberse a la nueva decisión del TJUE. Los datos solo se pueden recopilar de los visitantes que aceptan el uso de cookies.

De todas formas, no hay de qué preocuparse ya que, según un estudio, solo el cinco por ciento de los usuarios en la UE rechazan el uso de cookies. Así que, sabiendo que las repercusiones en tus estadísticas pueden ser menores, puedes relajarte.

¿Cómo afecta esto a tu política de privacidad?

Como siempre, te recomendamos acudir a una persona experta en la materia si tienes dudas, ya que nosotros no te podemos ofrecer asesoramiento legal.

Es importante que eches un vistazo a todos los servicios que ofreces en tu página web, incluido el botón de “me gusta” de Facebook. Por norma general, merece la pena comprobar regularmente si es necesario modificar o actualizar algo debido a los cambios legales o en tu página web.

En Jimdo, nos encargamos de que tu página web esté preparada para cumplir con el RGPD y las actualizaciones legales, por lo que puedes seguir trabajando con tu negocio y dedicarte a lo que más te gusta. 

Por cierto, ¿necesitas ayuda con la creación de los textos legales para tu página web? ¡Entonces prueba nuestro generador automático de aviso legal y política de privacidad conformes al RGPD!

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